Artículo: Ambiental

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Auditoría Ambiental para Organizaciones no Industriales.
Certificación de Cumplimiento Ambiental para Municipios

 

Autor: Georgina García Villalobos Gutiérrez

Abogada del Área Ambiental


Como sabemos, uno de los instrumentos para evaluar el desempeño ambiental de todo tipo de organizaciones es la auditoría ambiental. Esta herramienta la encontramos definida en el artículo 38 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (en adelante LGEEPA) como el examen metodológico de las operaciones al que voluntariamente se someten las empresas respecto de la contaminación y el riesgo que generan, así como el grado de cumplimiento de la normatividad ambiental y de los parámetros internacionales y de buenas prácticas de operación e ingeniería aplicables, con el objeto de definir las medidas preventivas y correctivas necesarias para proteger el medio ambiente. Como se desprende de la redacción del citado artículo, esta herramienta en sus inicios, estaba enfocada expresamente a las organizaciones industriales. Sin embargo, debido a que de las entidades cuya actividad genera una mayor repercusión en el ambiente son los municipios, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (en adelante PROFEPA) decidió incorporarlos al Programa Nacional de Auditoría Ambiental. El objetivo de la antes mencionada incorporación es el fomentar el “establecimiento de bases para el desarrollo sustentable¨ [1]  en los multicitados municipios y tuvo como resultado el desarrollo del Programa Municipio Limpio.

 

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[1] Alcances y Criterios para el Desarrollo de la Auditoría Ambiental a Municipios en su Primera Etapa: Cumplimiento Ambiental, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Julio 2004, pág. 1. Disponible en el sitio oficial de la procuraduría: www.profepa.gob.mx.

 

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